Contraloría General de la República (18.11.25) Dictamen No. E195929n25. Corporación Municipal de San Miguel

Authors

  • Camilo Sánchez Villagrán Universidad Santo Tomás
  • Patrick Poblete Sandoval Universidad del Desarrollo

Keywords:

Licencias médicas, Corporaciones municipales, Principio de juridicidad, Recursos públicos, Subsidio por incapacidad laboral.

Abstract

Se analiza el Dictamen N° E195929N25 de la Contraloría General de la República, que declara improcedente que las Corporaciones Municipales destinen recursos públicos para adelantar el pago íntegro de remuneraciones, pagar días de carencia o cubrir montos superiores al tope imponible a trabajadores sujetos al Código del Trabajo durante el uso de licencias médicas. Los autores explican que, de acuerdo con el Dictamen, aunque estas Corporaciones son personas jurídicas de derecho privado, cumplen una función pública y administran fondos de origen fiscal, lo que las somete a principios propios del Derecho Público, especialmente el de legalidad del gasto y el principio de juridicidad. En este marco, solo pueden realizar aquellos desembolsos expresamente autorizados por la ley. El trabajo destaca la naturaleza sui generis de las Corporaciones Municipales y la coexistencia de distintos regímenes laborales en su interior, lo que ha motivado intentos de “equiparación” de beneficios que resultan jurídicamente improcedentes. Finalmente, el artículo sostiene que el Dictamen aporta un límite necesario a la discrecionalidad en el uso de recursos públicos y plantea el desafío de fortalecer los principios de legalidad, eficiencia, eficacia y servicialidad del Estado, sugiriendo que eventuales cambios en esta materia deberían provenir del legislador.

Published

2026-01-20

How to Cite

Sánchez Villagrán, C., & Poblete Sandoval, P. (2026). Contraloría General de la República (18.11.25) Dictamen No. E195929n25. Corporación Municipal de San Miguel. IUS PUBLICUM, (55), 130–144. Retrieved from https://www.iuspublicum.cl/index.php/iuspublicum/article/view/64

Issue

Section

JURISPRUDENCIA